Ley 27.063

Artículo 283División del juicio en dos etapas

Texto oficial

División del juicio en dos etapas. El juicio se realizará en dos etapas. En la primera se determinará la existencia del hecho, su calificación y la responsabilidad penal del acusado. Si hubiera veredicto de culpabilidad, se llevará adelante la segunda etapa en la que se determinará la sanción a imponer, su modalidad y lugar de cumplimiento.

Qué significa en la práctica

El juicio se realiza en dos etapas: en la primera se determina la existencia del hecho, su calificación y la responsabilidad penal del acusado; si hay veredicto de culpabilidad, en la segunda se determina la sanción, su modalidad y lugar de cumplimiento.

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