Ley 27.063

Artículo 371Derechos durante la ejecución

Texto oficial

Derechos. El condenado podrá ejercer durante la ejecución de la pena todos los derechos y facultades que le reconoce la Constitución Nacional, los instrumentos internacionales de Derechos Humanos y las leyes penales, y plantear ante los jueces que correspondan las quejas y peticiones que estime convenientes.

Qué significa en la práctica

Durante la ejecución de la pena el condenado conserva todos los derechos que le reconocen la Constitución, los tratados de derechos humanos y las leyes, y puede plantear ante los jueces las quejas y peticiones que estime convenientes.

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