Ley 27.076

Artículo 8Financiamiento del programa

Texto oficial

El Poder Ejecutivo nacional incluirá en el presupuesto de la administración nacional a partir de la publicación de la presente ley un monto anual que no será inferior a los diez millones de pesos ($ 10.000.000) durante un período que la considere necesario para cumplir los aspectos de la presente norma.

Qué significa en la práctica

Establece que el Poder Ejecutivo incluirá en el presupuesto nacional, desde la publicación de la ley, un monto anual no inferior a diez millones de pesos ($ 10.000.000) durante el período que la considere necesario para cumplir los objetivos de la norma.

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