Artículo 5Financiamiento con el Presupuesto Nacional
Texto oficial
El desarrollo de
las actividades de la Dirección debe financiarse con los recursos que
anualmente determine el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de
Recursos de la Administración Nacional al programa específico que se
creará para tal efecto. En consecuencia, se autoriza al Jefe de
Gabinete de Ministros a realizar las adecuaciones presupuestarias
necesarias para la vigencia de la presente ley.
Qué significa en la práctica
Las actividades de la Dirección se financian con los recursos que anualmente asigne el Presupuesto General de la Nación a un programa específico. Se autoriza al Jefe de Gabinete a realizar las adecuaciones presupuestarias necesarias.