Ley 27.126

Artículo 1Finalidad de la ley de inteligencia (art. 1 de la Ley 25.520)

Texto oficial

Sustitúyese el Art. 1 — Ley de Inteligencia Nacional por el siguiente texto: Artículo 1°: La presente ley tiene por finalidad establecer el marco jurídico en el que desarrollarán sus actividades los organismos de inteligencia, conforme la Constitución Nacional, los Tratados de Derechos Humanos suscriptos y los que se suscriban con posterioridad a la sanción de la presente ley y a toda otra norma que establezca derechos y garantías.

Qué significa en la práctica

Reemplaza el Art. 1 — Ley de Inteligencia Nacional: fija el marco jurídico en que los organismos de inteligencia desarrollan sus actividades conforme a la Constitución.

Normas relacionadas

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