Ley 27.126

Artículo 5La Agencia Federal de Inteligencia como organismo superior (art. 7)

Texto oficial

Sustitúyese el Art. 7 — Ley de Inteligencia Nacional por el siguiente texto: Artículo 7°: La Agencia Federal de Inteligencia será el organismo superior del Sistema de Inteligencia Nacional y dirigirá el mismo, abarcando los organismos que lo integran.

Qué significa en la práctica

Establece a la Agencia Federal de Inteligencia como organismo superior del Sistema de Inteligencia Nacional, que lo dirige.

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