Artículo 30Tribunales Nacionales de Juicio de Adolescentes
Texto oficial
— Tribunales Nacionales de Juicio de Adolescentes.
Los Tribunales Nacionales de Adolescentes tendrán en el
distrito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y cumplirán las
funciones previstas en el Art. 54 — Código Procesal Penal Federal. (Denominación del Código sustituida por Art. 63 — Ley 27.482 B.O. 7/1/2019)
Qué significa en la práctica
Los Tribunales Nacionales de Juicio de Adolescentes tienen en la Ciudad de Buenos Aires y cumplen las funciones de juicio del Art. 54 — Código Procesal Penal Federal en las causas seguidas contra personas que eran menores de 18 años al momento del hecho.