Ley 27.148

Artículo 19Funciones del fiscal coordinador

Texto oficial

Funciones. El fiscal coordinador de distrito tiene como función: a) Coordinar y organizar las unidades fiscales según criterios que eviten compartimientos estancos y desempeños aislados, priorizando la distribución del trabajo por el flujo de ingreso y egreso de casos. b) Conformar equipos temporales para la realización de investigaciones genéricas o complejas. c) Organizar administrativamente la distribución de los casos que ingresen a la fiscalía de distrito, mediante reglas generales y objetivas, entre las distintas unidades fiscales, según sus funciones, especialidad y criterios de actuación. Cuando una unidad fiscal se integre por más de un magistrado, el trabajo entre ellos será distribuido por un sistema de turnos o sorteo, salvo que junto al fiscal coordinador de distrito convengan otro criterio de asignación de casos. d) Centralizar información con fines investigativos y examinar las vinculaciones entre los distintos casos. e) Establecer relaciones de actuación conjunta e intercambio de información con las demás fiscalías de distrito de su región. f) Establecer relaciones de coordinación, actuación, intercambio de información, asistencia y apoyo con las direcciones generales. g) Disponer la intervención conjunta de unidades fiscales y procuradurías especializadas en uno o más casos. h) Asignar a las procuradurías especializadas los casos que requieran una actuación centralizada en virtud de su complejidad, extensión territorial, diversidad de fenómenos involucrados, conexión con otros casos y demás cuestiones que lo hagan aconsejable para una mayor eficacia de la persecución penal. El fiscal de la fiscalía de distrito correspondiente deberá estar informado y podrá colaborar en el caso. i) Interactuar con las autoridades y organismos provinciales, municipales y comunales para la investigación de hechos delictivos federales que tengan conexión o efectos con delitos o infracciones locales. j) Resolver las cuestiones administrativas relativas a las licencias y traslados del personal de las fiscalías de distrito, con los alcances que fije la reglamentación que dicte el Procurador General de la Nación.

Qué significa en la práctica

El fiscal coordinador organiza las unidades fiscales, distribuye los casos por reglas objetivas, conforma equipos para investigaciones complejas, centraliza información, coordina con otras fiscalías y direcciones y asigna casos a las procuradurías especializadas.

Normas relacionadas

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