Ley 27.148

Artículo 29Procuraduría de Defensa de la Constitución

Texto oficial

Procuraduría de Defensa de la Constitución. La Procuraduría de Defensa de la Constitución tendrá las siguientes funciones: a) Coordinar la actuación del Ministerio Público Fiscal de la Nación en los casos que involucren cuestiones constitucionales relevantes para el organismo. b) Realizar investigaciones sobre el estado de cumplimiento de las normas de la Constitución Nacional y los instrumentos internacionales de derechos humanos en los que la República sea parte y proponer la formulación de recomendaciones al Procurador General de la Nación. c) Responder los pedidos de informes que les formule el Procurador General de la Nación. d) Las demás funciones previstas en esta ley o en la reglamentación que se dicte al respecto.

Qué significa en la práctica

Coordina la actuación del MPF en casos con cuestiones constitucionales relevantes, investiga el cumplimiento de la Constitución y los tratados de derechos humanos y propone recomendaciones al Procurador General.

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