Ley 27.148

Artículo 3Funciones en materia penal

Texto oficial

Funciones en materia penal. El Ministerio Público Fiscal de la Nación tiene a su cargo fijar la política de persecución penal y ejercer la acción penal pública, conforme lo establece el Ley de Implementación del Código Procesal Penal Federal de la Nación y las leyes complementarias, en todos los delitos federales y en aquellos delitos ordinarios cometidos en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires mientras su no haya sido transferida a la local. Asimismo, interviene y gestiona en el país todos los pedidos de extradición realizados por otros Estados.

Qué significa en la práctica

El MPF fija la política de persecución penal y ejerce la acción penal pública en los delitos federales y en los ordinarios de la CABA no transferidos, e interviene en los pedidos de extradición.

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