Ley 27.148

Artículo 34Directores generales

Texto oficial

Directores generales. Nombramiento y función. Los directores generales serán nombrados por el Procurador General de la Nación y serán los responsables directos del cumplimiento de las funciones de la dirección y de la supervisión del trabajo de los funcionarios y empleados a su cargo.

Qué significa en la práctica

Los directores generales son nombrados por el Procurador General y son responsables del cumplimiento de las funciones de la dirección y de la supervisión de su personal.

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