Ley 27.149

Artículo 2Independencia y autonomía funcional

Texto oficial

Independencia y autonomía funcional. El Ministerio Público de la Defensa goza de independencia y autonomía funcional, sin sujeción a instrucciones o directivas emanadas de órganos ajenos a su estructura.

Qué significa en la práctica

El organismo actúa sin recibir órdenes ni directivas de poderes ajenos a su estructura: nadie de afuera puede decirle cómo defender.

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