Ley 27.149

Artículo 28Concurso público de oposición y antecedentes

Texto oficial

Concurso público de oposición y antecedentes. La elaboración de la terna de Defensores Públicos se realiza mediante el correspondiente concurso público de oposición y antecedentes, en base al mérito personal y la profesional. El concurso de oposición y antecedentes se sustancia ante un Jurado de Concurso convocado por el Defensor General de la Nación de conformidad a la reglamentación que se dicte al efecto.

Qué significa en la práctica

La terna surge de un concurso basado en el mérito y la profesional, ante un Jurado convocado por el Defensor General.

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