Ley 27.161

Artículo 25Normas complementarias

Texto oficial

El Ministerio del Interior y Transporte está facultado para dictar las normas complementarias y aclaratorias que resulten pertinentes para la implementación de la presente ley.

Qué significa en la práctica

Faculta al Ministerio del Interior y Transporte a dictar las normas complementarias y aclaratorias para implementar la ley.

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