Ley 27.192

Artículo 4Objetivos de la Agencia (DEROGADO en 2025)

Texto oficial

Objetivos. Serán objetivos de la Agencia Nacional de Materiales Controlados: 1. El desarrollo de políticas de registración, control y fiscalización sobre los materiales, los actos y las personas físicas y jurídicas, conforme las leyes 12.709, 20.429, 24.492, 25.938, 26.216, sus complementarias y modificatorias. 2. El desarrollo de políticas tendientes a reducir el circulante de armas en la sociedad civil y prevenir los efectos de la violencia armada, contemplando la realización de campañas de comunicación pública. 3. El desarrollo de políticas tendientes a que, con la mayor celeridad, se proceda a la destrucción de los materiales controlados que sean entregados, secuestrados, incautados o decomisados en el marco de las leyes 20.429, 25.938 y 26.216. 4. El desarrollo de acciones positivas que propendan a la disminución de la violencia con armas de fuego, conjuntamente con otros organismos encargados de su prevención. 5. La colaboración en la investigación y persecución penal de los delitos relativos a las armas de fuego, municiones y explosivos, asistiendo al trabajo de organismos competentes. (Nota Infoleg: Artículo 4° derogado por art. 10 del Decreto N° 445/2025 B.O. 1/7/2025, a partir de la entrada en vigencia de la estructura organizativa del MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL en el que se incluya la unidad REGISTRO NACIONAL DE ARMAS a que refiere el artículo 6° del decreto de referencia. Vigencia: a partir de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.)

Qué significa en la práctica

Enumeraba los objetivos del organismo: registrar, controlar y fiscalizar los materiales controlados (con base en las leyes 12.709, 20.429, 24.492, 25.938 y 26.216); reducir el circulante de armas en la sociedad civil; destruir con celeridad los materiales incautados o entregados; disminuir la violencia con armas de fuego; y colaborar en la investigación y persecución penal de delitos con armas. Fue DEROGADO por el art. 10 del Decreto 445/2025.

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