Texto oficial
Objetivos. Serán objetivos de la
Agencia Nacional de Materiales Controlados:
1. El desarrollo de políticas de registración, control y fiscalización
sobre los materiales, los actos y las personas físicas y jurídicas,
conforme las leyes 12.709, 20.429, 24.492, 25.938, 26.216, sus
complementarias y modificatorias.
2. El desarrollo de políticas tendientes a reducir el circulante de
armas en la sociedad civil y prevenir los efectos de la violencia
armada, contemplando la realización de campañas de comunicación pública.
3. El desarrollo de políticas tendientes a que, con la mayor celeridad,
se proceda a la destrucción de los materiales controlados que sean
entregados, secuestrados, incautados o decomisados en el marco de las
leyes 20.429, 25.938 y 26.216.
4. El desarrollo de acciones positivas que propendan a la disminución
de la violencia con armas de fuego, conjuntamente con otros organismos
encargados de su prevención.
5. La colaboración en la investigación y persecución penal de los
delitos relativos a las armas de fuego, municiones y explosivos,
asistiendo al trabajo de organismos competentes.
(Nota Infoleg: Artículo 4° derogado por art. 10 del Decreto N° 445/2025 B.O. 1/7/2025, a partir de la entrada en vigencia de la
estructura organizativa del MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL en el que
se incluya la unidad REGISTRO NACIONAL DE ARMAS a que refiere el
artículo 6° del decreto de referencia. Vigencia: a partir de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.)