Ley 27.198

Artículo 69Financiamiento de la elección de parlamentarios del Mercosur

Texto oficial

— Facúltase al Jefe de Gabinete de Ministros para que en uso de las atribuciones conferidas por el Art. 37 — Administración Financiera, efectúe las reestructuraciones presupuestarias necesarias a efectos de asignar las sumas necesarias para financiar los gastos derivados del cumplimiento de las disposiciones de la Ley 27.120 - Elección de Parlamentarios del MERCOSUR. CAPÍTULO X DE LA Ley Complementaria Permanente de Presupuesto

Qué significa en la práctica

Faculta reestructuraciones presupuestarias para financiar los gastos derivados de la Ley 27.120 (Elección de Parlamentarios del Mercosur).

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