Ley 27.198

Artículo 70Incorporación a la Ley Complementaria Permanente de Presupuesto

Texto oficial

— Incorpóranse a la Ley Complementaria Permanente de Presupuesto, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014) los artículos 25 y 63 de la presente ley. TÍTULO II PRESUPUESTO DE GASTOS Y RECURSOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL

Qué significa en la práctica

Incorpora a la Ley Complementaria Permanente de Presupuesto (Complementaria Permanente de Presupuesto) los artículos 25 y 63 de esta ley, de modo que sus efectos perduren más allá del ejercicio.

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