La definición del
de trabajo actoral de los sujetos comprendidos en el artículo
1° de la presente ley y de su contenido mínimo se regirá por los
convenios colectivos de trabajo aplicables y por el Régimen de
de Trabajo aprobado por la Ley de Contrato de Trabajo (t.o. 1976) y sus modificatorias
y complementarias, resultando de aplicación al presente régimen las
modalidades de contratación reguladas en dicho cuerpo legal, según los
modelos que se encuentran consignados en los respectivos convenios
colectivos de trabajo.
Qué significa en la práctica
El de trabajo de los actores y demás sujetos se rige por los convenios colectivos de trabajo aplicables y por la Ley de Contrato de Trabajo (Ley de Contrato de Trabajo, t.o. 1976), cuyas modalidades de contratación resultan aplicables según los modelos de los convenios colectivos.