Artículo 4Designación y requisitos del Director Ejecutivo
Texto oficial
El Director
Ejecutivo del Cuerpo de Abogadas y Abogados para Víctimas de Violencia
de Género será designado por el Poder Ejecutivo nacional y deberá
cumplir con los siguientes requisitos:
a) Ser ciudadano argentino y poseer título de abogado expedido por una universidad nacional;
b) Acreditar cinco (5) años de antigüedad en la matrícula;
c) Acreditar experiencia y conocimientos en materia de violencia de género y derecho de familia.
Qué significa en la práctica
Al Director Ejecutivo lo designa el Poder Ejecutivo nacional y debe cumplir tres requisitos: ser ciudadano argentino con título de abogado de una universidad nacional; tener cinco (5) años de antigüedad en la matrícula; y acreditar experiencia y conocimientos en violencia de género y derecho de familia.