Ley 27.210

Artículo 5Deberes y atribuciones del Director Ejecutivo

Texto oficial

El Director Ejecutivo del Cuerpo de Abogadas y Abogados para Víctimas de Violencia de Género tendrá los siguientes deberes y atribuciones: a) Ejercer la dirección del personal del Cuerpo de Abogadas y Abogados para Víctimas de Violencia de Género; b) Dictar y hacer cumplir el reglamento interno del Cuerpo; c) Promover la formación continua de las y los integrantes del Cuerpo; d) Aprobar y coordinar la implementación del plan operativo anual; e) Establecer las reglas y requisitos para la admisión de solicitudes de patrocinio letrado para constituirse como querellante en causas penales de violencia de género; f) Promover las relaciones institucionales del Cuerpo y suscribir convenios con organizaciones públicas o privadas, nacionales o extranjeras, para el logro de sus objetivos, ya sea de manera independiente o en coordinación con otros organismos con en la materia; g) Elevar el anteproyecto de presupuesto del organismo; h) Administrar los recursos provenientes del presupuesto nacional y los bienes del organismo; i) Aceptar herencias, legados, donaciones y subvenciones que le asignen organismos públicos o privados, nacionales o extranjeros; j) Promover y gestionar la obtención de recursos y fondos públicos y privados, locales y extranjeros, para el cumplimiento de los objetivos del Cuerpo; k) Proceder a la confección y publicación de la Memoria Anual del Cuerpo.

Qué significa en la práctica

Enumera once atribuciones: dirigir al personal; dictar y hacer cumplir el reglamento interno; promover la formación continua del equipo; aprobar y coordinar el plan operativo anual; fijar las reglas y requisitos para admitir pedidos de patrocinio para constituirse como querellante en causas penales de violencia de género; suscribir convenios con organizaciones públicas o privadas, nacionales o extranjeras; elevar el anteproyecto de presupuesto; administrar los recursos y bienes del organismo; aceptar herencias, legados, donaciones y subvenciones; gestionar la obtención de fondos públicos y privados, locales o extranjeros; y confeccionar y publicar la Memoria Anual.

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