Artículo 5Deberes y atribuciones del Director Ejecutivo
Texto oficial
El Director
Ejecutivo del Cuerpo de Abogadas y Abogados para Víctimas de Violencia
de Género tendrá los siguientes deberes y atribuciones:
a) Ejercer la dirección del personal del Cuerpo de Abogadas y Abogados para Víctimas de Violencia de Género;
b) Dictar y hacer cumplir el reglamento interno del Cuerpo;
c) Promover la formación continua de las y los integrantes del Cuerpo;
d) Aprobar y coordinar la implementación del plan operativo anual;
e) Establecer las reglas y requisitos para la admisión de solicitudes
de patrocinio letrado para constituirse como querellante en causas
penales de violencia de género;
f) Promover las relaciones institucionales del Cuerpo y suscribir
convenios con organizaciones públicas o privadas, nacionales o
extranjeras, para el logro de sus objetivos, ya sea de manera
independiente o en coordinación con otros organismos con en
la materia;
g) Elevar el anteproyecto de presupuesto del organismo;
h) Administrar los recursos provenientes del presupuesto nacional y los bienes del organismo;
i) Aceptar herencias, legados, donaciones y subvenciones que le asignen
organismos públicos o privados, nacionales o extranjeros;
j) Promover y gestionar la obtención de recursos y fondos públicos y
privados, locales y extranjeros, para el cumplimiento de los objetivos
del Cuerpo;
k) Proceder a la confección y publicación de la Memoria Anual del Cuerpo.
Qué significa en la práctica
Enumera once atribuciones: dirigir al personal; dictar y hacer cumplir el reglamento interno; promover la formación continua del equipo; aprobar y coordinar el plan operativo anual; fijar las reglas y requisitos para admitir pedidos de patrocinio para constituirse como querellante en causas penales de violencia de género; suscribir convenios con organizaciones públicas o privadas, nacionales o extranjeras; elevar el anteproyecto de presupuesto; administrar los recursos y bienes del organismo; aceptar herencias, legados, donaciones y subvenciones; gestionar la obtención de fondos públicos y privados, locales o extranjeros; y confeccionar y publicar la Memoria Anual.