Ley 27.212

Artículo 4Cesión de bienes

Texto oficial

Facúltese al Ministerio de Educación para gestionar y aceptar la cesión de bienes muebles e inmuebles del gobierno de la provincia de Buenos Aires, de las municipalidades comprendidas en el ámbito regional, en particular los partidos de Vicente López, San Isidro, Tigre y San Fernando, o de otras instituciones públicas o privadas, bienes que se integrarán al patrimonio de la Universidad Nacional Raúl Scalabrini Ortiz.

Qué significa en la práctica

Faculta al Ministerio de Educación a gestionar y aceptar la cesión de bienes muebles e inmuebles de la provincia de Buenos Aires, de los municipios de la región (en particular Vicente López, San Isidro, Tigre y San Fernando) o de otras instituciones públicas o privadas, bienes que se integran al patrimonio de la universidad.

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