El Ministerio de
Educación designará un rector organizador que tendrá las atribuciones
conferidas por el Art. 49 — Ley de Educación Superior, 24.521,
y que durará en su cargo hasta tanto se elijan las autoridades que
establezca el futuro estatuto de la Universidad Nacional de San Antonio
de Areco.
Qué significa en la práctica
El Ministerio de Educación designará un rector organizador con las atribuciones del Art. 49 — Ley de Educación Superior, que permanecerá en el cargo hasta que se elijan las autoridades que fije el futuro estatuto de la universidad.