Artículo 5Patrimonio: cesiones, donaciones y legados
Texto oficial
El Poder
Ejecutivo nacional está facultado para gestionar y aceptar del gobierno
de la provincia de Buenos Aires, de la Municipalidad de San Antonio de
Areco y de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, cesiones,
donaciones o legados de bienes muebles e inmuebles, que constituirán el
patrimonio de la Universidad Nacional de San Antonio de Areco.
Qué significa en la práctica
Faculta al Poder Ejecutivo a gestionar y aceptar de la provincia de Buenos Aires, del municipio de San Antonio de Areco y de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, cesiones, donaciones o legados de bienes muebles e inmuebles que integrarán el patrimonio de la universidad.