Ley 27.218

Artículo 14Agua potable y desagües cloacales

Texto oficial

de agua potable y desagües cloacales. Será de aplicación a las asociaciones destinatarias del presente régimen lo estatuido en el Anexo E de la Ley de Agua Potable y Desagües Cloacales (ERAS) en lo que refiere a la Tarifa Social, en cuanto sea compatible con la presente ley y en la forma que sea más favorable a los sujetos del régimen.

Qué significa en la práctica

Para el servicio de agua potable y cloacas manda aplicar a estas entidades lo previsto en el Anexo E de la Ley de Agua Potable y Desagües Cloacales (ERAS) sobre Tarifa Social, en cuanto sea compatible con esta ley y en la forma más favorable a las entidades.

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