Ley 27.260

Artículo 16Compatibilidad

Texto oficial

El goce de la Pensión Universal para el Adulto Mayor es compatible con el desempeño de cualquier actividad en o por cuenta propia. Los aportes y contribuciones que las leyes nacionales imponen al trabajador y al empleador ingresarán al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), y serán computados como tiempo de servicios a los fines de poder, eventualmente, obtener un beneficio previsional de carácter contributivo.

Qué significa en la práctica

La pensión es compatible con el desempeño de cualquier actividad en o autónoma.

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