Ley 27.260

Artículo 49Adhesión de las jurisdicciones

Texto oficial

Invitase a las provincias, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a los municipios a adherir al régimen de declaración voluntaria y excepcional, adoptando medidas tendientes a liberar los impuestos y tasas locales que los declarantes hayan omitido ingresar en sus respectivas jurisdicciones.

Qué significa en la práctica

Invita a las provincias, a la Ciudad de Buenos Aires y a los municipios a adherir al régimen.

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