Ley 27.262

Artículo 6Control en ruta

Texto oficial

La celebrará convenios con sus pares provinciales para la colaboración en el control en ruta de todo camión que transporte granos, semillas, sus productos y subproductos, oportunidad en que junto a la carta de porte pertinente el transportista o responsable deberá exhibir el Formulario único para el transporte terrestre de granos en la nacional conteniendo la declaración jurada exigida por la presente ley.

Qué significa en la práctica

La celebra convenios con las provincias para controlar en ruta a los camiones que transportan granos. En el control, el transportista debe exhibir, junto a la carta de porte, el Formulario Único con la declaración jurada exigida por la ley.

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