La suma fija mensual máxima prevista en la reglamentación para los beneficios dispuestos por el programa se elevará en un cincuenta por ciento (50%) en los casos que se trate de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMES), según los términos del Art. 1 — Ley de Fomento MiPyME y sus normas complementarias.
Qué significa en la práctica
Incrementa en un 50% la suma fija mensual del beneficio cuando se trata de Micro, Pequenas y Medianas Empresas.