Ley 27.271

Artículo 1Creación de los instrumentos en Unidades de Vivienda (UVI)

Texto oficial

Créanse instrumentos de ahorro, préstamo e inversión denominados en Unidades de Vivienda (UVIs), cuya principal función será la de captar el ahorro de personas físicas y jurídicas, o de titularidad del sector público, y destinarlo a la financiación de largo plazo en la adquisición, construcción y/o ampliación de viviendas en la República Argentina. Los objetivos generales de dichos instrumentos son: a) Estimular el ahorro en moneda nacional de largo plazo; b) Disminuir el déficit habitacional estructural; c) Promover el crecimiento económico y el empleo a través de la inversión en viviendas.

Qué significa en la práctica

Crea instrumentos de ahorro, préstamo e inversión denominados en Unidades de Vivienda (UVIs), cuya función es captar el ahorro de personas físicas y jurídicas (o del sector público) y destinarlo a financiar a largo plazo la compra, construcción o ampliación de viviendas. Sus objetivos son estimular el ahorro en moneda nacional de largo plazo, reducir el déficit habitacional y promover el crecimiento y el empleo a través de la inversión en vivienda.

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