Artículo 15Red de organismos científico-técnicos (GIRCYT)
Texto oficial
— Créase la Red de Organismos Científico-Técnicos para la
Gestión Integral del Riesgo (GIRCYT), que tendrá por objeto atender los
requerimientos de información específica de ambos Consejos, así como
vincular y poner a disposición de éstos las capacidades, conocimientos
e información desarrollados en el ámbito científico y técnico,
encauzando los esfuerzos y optimizando el uso de los recursos.
Estará constituida por los organismos públicos científico-técnicos, las
universidades públicas y privadas, otras instituciones y organismos
reconocidos en el ámbito académico.
Qué significa en la práctica
Crea la Red de Organismos Científico-Técnicos para la Gestión Integral del Riesgo (GIRCYT), que atiende los requerimientos de información de ambos Consejos y pone a su disposición las capacidades y conocimientos del ámbito científico. La integran organismos públicos científico-técnicos, universidades públicas y privadas y otras instituciones académicas.