La responsabilidad patrimonial de las partes contratantes se sujetará a lo dispuesto en la presente ley, en su reglamentación, en los pliegos y en el . Supletoriamente se aplicarán las normas pertinentes del Código Civil y Comercial de la Nación.
Qué significa en la práctica
La responsabilidad patrimonial de las partes se rige por esta ley, su reglamentación, los pliegos y el , y supletoriamente por el Código Civil y Comercial.