Ley 27.328

Artículo 25Solución de controversias

Texto oficial

Para todas las controversias que eventualmente pudiesen surgir con motivo de la ejecución, aplicación y/o interpretación de los contratos celebrados bajo el régimen dispuesto por la presente ley, los pliegos de bases y condiciones y la documentación contractual correspondiente podrán determinar la posibilidad de establecer mecanismos de avenimiento y/o . En caso de optarse por el con prórroga de , éste deberá ser aprobado en forma expresa e indelegable por el Poder Ejecutivo nacional y comunicado al Honorable Congreso de la Nación.

Qué significa en la práctica

Los pliegos y la documentación contractual pueden establecer mecanismos de avenimiento y/o para las controversias; el con prórroga de debe ser aprobado en forma expresa por el Poder Ejecutivo y comunicado al Congreso.

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