Ley 27.329

Artículo 4Compatibilidad con la pensión de veterano de guerra

Texto oficial

Esta prestación resulta compatible con el goce de la Pensión Honorífica para Veteranos de la Guerra del Atlántico Sur, creada por Ley 23.848 y sus modificatorias, las leyes 19.101 y 24.310 y los beneficios de carácter no previsional otorgados por leyes provinciales, municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Qué significa en la práctica

La prestación es compatible con el goce de la Pensión Honorífica para Veteranos de la Guerra del Atlántico Sur (creada por la Ley 23.848 y modificatorias), con las leyes 19.101 y 24.310, y con beneficios no previsionales otorgados por leyes provinciales, municipales o de la CABA. Es decir, se puede cobrar además de esos beneficios.

Normas relacionadas

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