Ley 27.341

Artículo 39Continuidad de la suspensión del decreto 493/2004

Texto oficial

— Mantiénese durante el Ejercicio 2017 la suspensión dispuesta en el artículo 1º del decreto 493, de fecha 20 de abril de 2004.

Qué significa en la práctica

Mantiene durante el ejercicio 2017 la suspensión dispuesta en el artículo 1° del decreto 493 del 20 de abril de 2004, vinculado al pago de servicios de deuda pública alcanzada por el diferimiento.

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