Ley 27.341

Artículo 55Invitación a las provincias a adherir

Texto oficial

— Invítase a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a lo establecido en el presente capítulo.

Qué significa en la práctica

Invita a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a lo establecido en el capítulo IX, sobre régimen federal de responsabilidad fiscal. Como se trata de competencias provinciales, la Nación no puede imponerlas: cada decide si adhiere.

Normas relacionadas

← Ver en Ley 27.341 (Presupuesto 2017) completaLeyes