El Poder Ejecutivo nacional constituirá, en un plazo de
treinta (30) días un fondo especial, con aportes del Tesoro nacional,
para hacer frente a las acciones de asistencia a los damnificados y
reconstrucción de las economías afectadas, los que serán distribuidos
de acuerdo a los objetivos y prioridades que se fijen en coordinación
con las provincias y los municipios afectados.
Qué significa en la práctica
Ordena al Poder Ejecutivo constituir, en un plazo de 30 días, un fondo especial con aportes del Tesoro nacional para asistir a los damnificados y reconstruir las economías afectadas, distribuido según prioridades acordadas con las provincias y municipios afectados.