Ley 27.372

Artículo 27Deberes del director ejecutivo

Texto oficial

El director ejecutivo del CENAVID tendrá los siguientes deberes y atribuciones: a) Ejercer la dirección del personal, asignar sus tareas y controlar su cumplimiento; b) Aprobar los protocolos de actuación internos del CENAVID y los que el CENAVID convenga con organismos e instituciones; c) Promover la unificación de protocolos de actuación y criterios de registro de información con los organismos locales de atención a las víctimas; d) Organizar actividades que propendan a la formación, capacitación técnica y actualización normativa de las autoridades y el personal que intervengan en la atención de víctimas de delitos; e) Formular propuestas legislativas que permitan ampliar y profundizar los objetivos de esta ley.

Qué significa en la práctica

Enumera los deberes y atribuciones del director ejecutivo del CENAVID.

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