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Ley de Víctimas
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Art. 29
Ley 27.372
Artículo 29
Cargos de Defensor Público de Víctimas
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Texto oficial
Créanse veinticuatro (24) cargos de Defensor Público de Víctimas, según se establece en el Anexo I de la presente ley.
Qué significa en la práctica
Crea 24 cargos de Defensor Público de Víctimas en el Ministerio Público de la Defensa.
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