Ley 27.418

Artículo 10Artículo vetado

Texto oficial

(Artículo vetado por art. 1° del Decreto N° 1076/2017 B.O. 21/12/2017)

Qué significa en la práctica

Este artículo fue observado (vetado) por el artículo 1° del Decreto 1076/2017 al promulgarse la ley, por lo que no forma parte del texto vigente. En el proyecto original preveía instrumentos de financiamiento para el sector.

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