Ley 27.423

Artículo 17Cambio de patrocinio o representación

Texto oficial

En los casos de cambio de patrocinio o representación, el profesional podrá actuar como parte o peticionario en protección de sus derechos a la regulación de sus honorarios, si no la hubiere solicitado; a la regulación adicional a la que tenga derecho de acuerdo al resultado del pleito; o a la ejecución del pacto celebrado con su cliente en los términos de lo establecido en los artículos 4°, 5° y 6° de la presente ley.

Qué significa en la práctica

Ante un cambio de abogado, el profesional saliente puede actuar para defender su derecho a que le regulen y le paguen los honorarios y los pactos celebrados con su cliente.

Normas relacionadas

← Ver en Ley de Honorarios Profesionales (Ley 27.423) completaLeyes