Ley 27.423

Artículo 19Unidad de Medida Arancelaria (UMA)

Texto oficial

Institúyese la Unidad de Medida Arancelaria (UMA) para los honorarios profesionales de los abogados, procuradores y auxiliares de la Justicia, la que equivaldrá al tres por ciento (3 %) de la básica asignada al cargo de juez federal de primera instancia. La Corte Suprema de Justicia de la Nación suministrará y publicará mensualmente, por el medio a determinar por dicho Alto Tribunal, el valor resultante, eliminando las fracciones decimales, e informará a las diferentes cámaras el valor de la UMA. Sin perjuicio del sistema porcentual establecido en las disposiciones siguientes, los honorarios mínimos que correspondan percibir a los abogados, procuradores y auxiliares de la Justicia por su actividad profesional, resultarán de la cantidad de UMA que se detallan en las siguientes tablas: a) Honorarios mínimos en asuntos judiciales no susceptibles de apreciación pecuniaria UMA Divorcio 10 Acción sobre efectos del divorcio y responsabilidad parental 25 Adopción 20 Tutela 20 Restricciones a la e inhabilitación 25 Reclamación e impugnación de filiación 25 Acciones de estado y familia 25 Veeduría 10 Información sumaria 2 Trámite administrativo ante 2 Trámite ante la Inspección General de Justicia 3 Presentación de denuncias penales con firma de letrado 8 de o exención de prisión o audiencia de control de detención o medidas de coerción 10 Pedido y audiencia de suspensión de juicio a prueba 10 Acta de juicio abreviado 15 Actuación hasta la clausura de la instrucción o de control de la acusación 15 Actuación desde la clausura de la instrucción o de control de la acusación hasta la 20 Acción de incidencia colectiva, hábeas corpus, hábeas data 25 b) Honorarios mínimos por la labor extrajudicial UMA Consulta verbal 0,5 Consulta con informe 1 Redacción de carta documento 1 Estudio o información de actuaciones judiciales o administrativas 1,5 Asistencia y asesoramiento del cliente en la realización de actos jurídicos 1,5 Redacción de de : del 1% al 5% del valor del , con un mínimo de 2 Redacción de : del 1% al 5% del valor del mismo, con un mínimo de 3 Redacción de o estatuto de sociedades comerciales, asociaciones o fundaciones y constitución de personas jurídicas en general: del 1% al 3% del capital social, con un mínimo de 5 Redacción de otros contratos: del 0,3% al 5% del valor de los 2 mismos, con un mínimo de 2 Arreglo extrajudicial: desde el 50% de las escalas fijadas para los mismos, con un mínimo de 1 Para gastos administrativos de estudio para iniciación de juicios 0,5 Redacción de denuncia penal (sin firma de letrado) 3 Asistencia a una audiencia de o 2 (Texto en negrita observado por art. 3° del Decreto N° 1077/2017 B.O. 21/12/2017)

Qué significa en la práctica

Crea la Unidad de Medida Arancelaria (UMA), igual al 3% del básico de un juez federal de primera instancia, cuyo valor publica la Corte Suprema cada mes. Los honorarios mínimos se expresan en UMA (con tablas para asuntos sin monto y para tareas extrajudiciales) para que se actualicen solos. Parte del texto fue observado por el Decreto 1077/2017.

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