Ley 27.423

Artículo 64Vigencia y aplicación a juicios en curso

Texto oficial

La presente ley entrará en vigencia a partir de su publicación y se aplicará a los procesos en curso en los que no existiera regulación firme de honorarios. (Artículo observado por art. 7° del Decreto N° 1077/2017 B.O. 21/12/2017)

Qué significa en la práctica

La ley entra en vigencia con su publicación y se aplica a los juicios en curso que aún no tengan regulación firme de honorarios. El artículo fue observado por el Decreto 1077/2017.

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