Ley 27.428

Artículo 21Invitación a las provincias y la CABA a adherir (sustituye el art. 34 de la Ley 25.917)

Texto oficial

Sustitúyese el Art. 34 — Ley de Responsabilidad Fiscal, por el siguiente: Art. 34: Invítase a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir al Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal establecido por la presente ley. Las jurisdicciones que adhieran deberán comunicar al Consejo Federal de Responsabilidad Fiscal el respectivo instrumento normativo de adhesión.

Qué significa en la práctica

Se invita a las provincias y a la CABA a adherir al Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal. Las jurisdicciones que adhieran deben comunicar al Consejo Federal el instrumento normativo de adhesión.

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