Artículo 21Invitación a las provincias y la CABA a adherir (sustituye el art. 34 de la Ley 25.917)
Texto oficial
Sustitúyese el Art. 34 — Ley de Responsabilidad Fiscal, por el siguiente:
Art. 34: Invítase a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires a adherir al Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal
establecido por la presente ley. Las jurisdicciones que adhieran
deberán comunicar al Consejo Federal de Responsabilidad Fiscal el
respectivo instrumento normativo de adhesión.
Qué significa en la práctica
Se invita a las provincias y a la CABA a adherir al Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal. Las jurisdicciones que adhieran deben comunicar al Consejo Federal el instrumento normativo de adhesión.