Ley 27.430

Artículo 118Reforma del art. 30 de Impuestos Internos

Texto oficial

Sustitúyese el Art. 30 — Ley de Impuestos Internos, texto sustituido por la Ley de Impuestos Internos y sus modificaciones, por el siguiente: “ARTÍCULO 30.- Establécese un impuesto del cinco por ciento (5%) sobre el importe facturado por la provisión de servicio de telefonía celular y satelital al usuario.”

Qué significa en la práctica

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