Ley 27.430

Artículo 234Incorporación al art. 167 de la Ley 11.683

Texto oficial

Incorpórase como segundo párrafo del Art. 167 — Ley de Procedimiento Tributario, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones, el siguiente: “Si se interpusiere el recurso de ante el Tribunal Fiscal de la Nación contra los actos enumerados en el artículo 76 de esta ley respecto de los cuales es manifiestamente improcedente, no se suspenderán los efectos de dichos actos.”

Qué significa en la práctica

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