Ley 27.430

Artículo 99Incorporación al art. 2° de Impuestos Internos

Texto oficial

Agrégase a continuación del cuarto párrafo del Art. 2 — Ley de Impuestos Internos, texto sustituido por la Ley de Impuestos Internos y sus modificaciones, el siguiente: “Tratándose del impuesto sobre las primas de seguros, se considera expendio la percepción de éstas por la entidad aseguradora.”

Qué significa en la práctica

Normas relacionadas

← Ver en Reforma Tributaria 2017 completaLeyes