Ley 27.431

Artículo 12Crédito para las universidades nacionales

Texto oficial

Fíjase como crédito para financiar los gastos de funcionamiento, inversión y programas especiales de las Universidades Nacionales la suma de PESOS NOVENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS DIECISIETE MILLONES TRESCIENTOS DIECISIETE MIL TRESCIENTOS SETENTA Y UN ($ 95.317.317.371), de acuerdo con el detalle de la Planilla Anexa al presente artículo. Dispónese que el jefe de Gabinete de Ministros efectuará, en forma adicional a la dispuesta en el párrafo , la distribución obrante en la planilla B Anexa al presente artículo por la suma total de PESOS MIL OCHOCIENTOS DIECISIETE MILLONES ($ 1.817.000.000). Las universidades nacionales deberán presentar ante la Secretaría de Políticas Universitarias del Ministerio de Educación, la información necesaria para asignar, ejecutar y evaluar los recursos que se le transfieren por todo concepto. El citado ministerio podrá interrumpir las transferencias de fondos en caso de incumplimiento en el envío de esa información, en tiempo y forma. El presupuesto aprobado por cada universidad para el Ejercicio fiscal deberá indicar la clasificación funcional de Educación, Salud y Ciencia y Técnica. La ejecución presupuestaria y contable así como la cuenta de inversión deberá considerar el clasificador funcional. Las plantas de personal docente y no docente sobre las cuales se aplicarán los aumentos salariales en el año 2018 serán las vigentes a las liquidaciones correspondientes al mes de noviembre de 2017, salvo los aumentos de las plantas aprobadas y autorizadas por la Secretaría de Políticas Universitarias, según la reglamentación que establezca el Ministerio de Educación. Facúltese al jefe de Gabinete de Ministros a efectuar una compensación por PESOS CINCUENTA Y NUEVE MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y UNO ($59.274.751) entre el Programa 26 de la 70 con el Programa 21 de la 45 a los fines de incorporar en la planilla anexa al presente artículo a la Universidad Nacional de la Defensa.

Qué significa en la práctica

Asigna $ 95.317.317.371 para funcionamiento, inversión y programas especiales de las universidades nacionales, más una distribución adicional de $ 1.817.000.000 a cargo del jefe de Gabinete. A cambio, las universidades deben informar a la Secretaría de Políticas Universitarias los datos necesarios para asignar, ejecutar y evaluar esos fondos: si no lo hacen en tiempo y forma, el Ministerio de Educación puede cortar las transferencias. Sus presupuestos y su cuenta de inversión deben usar el clasificador funcional (Educación, Salud, Ciencia y Técnica). Los aumentos salariales de 2018 se aplican sobre las plantas vigentes al liquidarse noviembre de 2017. Incluye una compensación de $ 59.274.751 para incorporar a la Universidad Nacional de la Defensa.

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