Artículo 7El impuesto al cheque como pago a cuenta de Ganancias
Texto oficial
El Poder Ejecutivo nacional podrá disponer que el
porcentaje del impuesto previsto en la Impuesto al Cheque y sus modificaciones
que a la fecha de entrada en vigencia de esta ley no resulte computable
como pago a cuenta del impuesto a las ganancias, se reduzca
progresivamente en hasta un veinte por ciento (20%) por año a partir
del 1° de enero de 2018, pudiendo establecerse que, en 2022, se compute
íntegramente el impuesto previsto en la Impuesto al Cheque y sus modificaciones
como pago a cuenta del impuesto a las ganancias.
Qué significa en la práctica
Faculta al Poder Ejecutivo a reducir progresivamente —hasta un 20% por año a partir del 1° de enero de 2018— la porción del impuesto al cheque que no resultaba computable como pago a cuenta del impuesto a las ganancias, con la posibilidad de que en 2022 el impuesto al cheque se computara íntegramente. Para las empresas, la porción no computable del impuesto al cheque funciona como un costo puro: este artículo abre el camino para eliminarlo gradualmente.