Ley 27.440

Artículo 12Negociación en los mercados

Texto oficial

Las "Facturas de Crédito Electrónicas MiPyMEs" podrán ser negociadas en los Mercados autorizados por la Comisión Nacional de Valores conforme las normas que dicte ese organismo en su carácter de , gozarán de oferta pública en los términos de la Ley de Mercado de Capitales y sus modificaciones y les será aplicable el tratamiento impositivo correspondiente a los valores negociables con oferta pública.

Qué significa en la práctica

Las facturas pueden negociarse en los mercados autorizados.

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