Ley 27.440

Artículo 124Reforma del art. 24 de la Ley 24.083

Texto oficial

Sustitúyese el Art. 24 — Ley de Fondos Comunes de Inversión y sus modificatorias, el que quedará redactado de la siguiente forma: Artículo 24: Los suscriptores de cuotapartes gozarán del derecho a la distribución de las utilidades que arroje el Fondo Común de Inversión, cuando así lo establezca el Reglamento de Gestión.

Qué significa en la práctica

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